Declaración acerca del comercio ilegal de especies silvestres en Cuba

La Jiribilla
21/8/2020
Foto: Tomada de Cubadebate

 

1. Teniendo en cuenta que la protección de la vida silvestre y el patrimonio natural debe ser un principio ético básico de cualquier sociedad que contemple en su modelo de desarrollo y economía el uso sostenible de los recursos naturales, particularmente la biodiversidad.

 

2. Reconociendo el grave problema que representa la captura, recolecta, uso y comercio ilegal de especies de la vida silvestre e identificando:

3. Insistiendo en que las alteraciones ecológicas derivadas de la captura, recolecta y el comercio ilegal de especies repercutirán además en la calidad, cantidad y perdurabilidad de los servicios que los ecosistemas pueden ofrecernos.

4. Subrayando que en la actualidad el comercio ilegal de especies silvestres es uno de los factores relacionados con la aparición de enfermedades infecciosas emergentes de interés para la salud pública humana y animal, así como en la dispersión y propagación de plagas en ecosistemas agrícolas.

5. Considerando que Cuba es signataria de acuerdos y convenios internacionales tales como: el Convenio de Diversidad Biológica desde la Cumbre de Río en 1992, la Convención de Especies Migratorias (CMS), la Convención sobre el Comercio Internacional de la Fauna y la Flora Amenazadas (CITES), el Protocolo relativo a las Áreas y la Flora y la Fauna Silvestres Especialmente Protegidas de la Región del Gran Caribe (SPAW), el Protocolo de Nagoya sobre el acceso a los Recursos Genéticos y la participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de su utilización; elementos todos estos que demuestran la preocupación y el compromiso del Estado cubano por la protección de sus recursos naturales, y en especial de la flora y la fauna del país y la región.

6. Teniendo en cuenta que el país dispone de un marco jurídico, que en estos temas se perfecciona. Se cuenta en la actualidad con una legislación ambiental que contempla el Decreto Ley 81/1997 amparando la Resolución 160 /2011, que contiene las principales regulaciones para el control y la protección de especies de especial significación para la diversidad biológica en el país; el Decreto Ley 136/1993 “del Patrimonio Forestal y de la Fauna Silvestre” relativo a las “Contravenciones de las Regulaciones sobre el Patrimonio Forestal y de la Fauna Silvestre”.

7. Expresando nuestra seria preocupación ante el incremento de prácticas ilegales relacionadas con la tala, caza, pesca y recolecta de especies silvestres, destinadas al uso y comercio ilícito, entre las que predominan numerosas especies de aves, reptiles, moluscos, mamíferos, peces, una gran variedad de especies vegetales y sus derivados, entre otros numerosos ejemplos que podrían ofrecerse.

8. Resaltando la necesidad de adoptar medidas urgentes para contrarrestar este fenómeno y minimizar sus negativos efectos ambientales, económicos, sociales y culturales.

DECLARAMOS

1. Destacar la pertinencia de haber sido incluido, como uno de los objetivos de la Estrategia económica y social para el impulso de la economía y el enfrentamiento a la crisis mundial provocada por la COVID-19, el apego irrestricto a una política ambiental activa en armonía con el ordenamiento social del país.

2. Apoyar el anuncio del Plan Gubernamental para la prevención y el enfrentamiento de los delitos e ilegalidades que afectan los bosques, la flora y la fauna silvestre, así como otros recursos naturales.

3. Acompañar a las autoridades competentes de todos los organismos y entidades en el fortalecimiento de los mecanismos necesarios para contribuir a prevenir, combatir y erradicar la captura, recolecta y comercio ilegal de especies de la vida silvestre, mediante el diseño de nuevas estrategias para la vigilancia, detección y denuncia de estos hechos, así como la aplicación rigurosa de la legislación y disposiciones jurídicas pertinentes.

4. Contribuir a enriquecer y ampliar en nuestra población los conocimientos y valores de nuestra biodiversidad, y los peligros que esta afronta.

5. Coordinar esfuerzos para divulgar los resultados de la investigación científica que puedan sustentar la toma de decisiones.

6. Incrementar las acciones de capacitación a todos los niveles de la sociedad.

7. Promover, a través de todas las vías y medios disponibles, a escala local, provincial y nacional el fomento de una Cultura que tenga la conservación de la biodiversidad como uno de sus valores éticos fundamentales.

Firmamos la presente Declaración en La Habana a los 10 días del mes de agosto de 2020.

DrC. Roberto Alonso Bosch. Presidente de la Sociedad Cubana de Zoología.

MSc. Alejandro Palmarola Bejerano. Presidente de la Sociedad Cubana de Botánica.

DrC. Giraldo Alayón García. Presidente de la Fundación Ariguanabo.

Sra. Liliana Núñez Veliz. Presidenta de la Fundación Antonio Núñez Jiménez de la Naturaleza y el Hombre.

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____.Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo 1992. Convenio sobre la Diversidad Biológica. Cumbre de la Tierra, Río de Janeiro, Brasil, 3 al 14 de junio, 1992.

____.CITES: Convención sobre el Comercio Internacional de la Fauna y la Flora Amenazadas. (1973). Disponible en: https://www.cites.org/esp/disc/text.php. Último acceso: 10 de agosto de 2020.

____.CMS: Convention on the Conservation of Migratory Species of Wild Animals. (1979). Disponible en: https://www.cms.int/. Último acceso: 10 de agosto de 2020.

____.Decreto Ley 136/1993. Del patrimonio forestal y la fauna silvestre. Gaceta Oficial de la República de Cuba. Ed. No. 2 Extraordinaria de 5 de marzo de 1993. Disponible en: https://www.gacetaoficial.gob.cu/es/gaceta-oficial-no002-extraordinaria-de-1993. Último acceso: 10 de agosto de 2020.

____.Decreto Ley 81/1997. Del Medio Ambiente. Gaceta Oficial de la República de Cuba. Ed. No. 7 Extraordinaria de 11 de julio de 1997. https://www.gacetaoficial.gob.cu/sites/default/files/extraordinaria_7_del_1997_.pdf. Último acceso: 10 de agosto de 2020.

____.Protocolo de Nagoya sobre acceso a los recursos genéticos y participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de su utilización al Convenio sobre la Diversidad Biológica, 29 de octubre de 2010. Disponible en: https://www.cbd.int/abs/doc/protocol/nagoya-protocol-es.pdf . Último acceso: 10 de agosto de 2020.

____.Resolución No. 160/2011. Regulaciones para el control y la protección de especies de especial significación para la diversidad biológica en el país. Gaceta Oficial de la República de Cuba. Ed. No. 26 Ordinaria de 14 de agosto de 2011. Disponible en: http://www.orasen.cu/wp-content/uploads/2015/03/Resolucion-160-Gaceta.pdf. Último acceso: 10 de agosto de 2020.

____.SPAW: Protocolo relativo a las Áreas y la Flora y la Fauna Silvestres Especialmente Protegidas de la Región del Gran Caribe. (1990). Disponible en: https://www.widecast.org/Resources/Docs/SPAW_Protocolo_SP.pdf. Último acceso: 10 de agosto de 2020.

 
Tomado de Revista Cubana de Ciencias Biológicas