Un acercamiento a la nueva ley de derechos de autor motivó el encuentro sostenido en la mañana de este 16 de febrero en la galería de la Casa del Alba Cultural de La Habana. En él se presentó el libro Derecho de autor y derechos conexos, coordinado por Caridad del Carmen Valdés Díaz, y se comentaron los detalles referidos con la norma No. 154, la cual regulará los derechos de los creadores en el ámbito literario y artístico a partir del mes de marzo.

“La ley recoge la gestión colectiva de los derechos de autor y de los derechos conexos y las pautas para su realización en Cuba”.

Daniel Ocaña, asesor jurídico, refirió los fundamentos constitucionales de esa disposición y recalcó la importancia de que los autores estén informados sobre el alcance de su obra en el marco legal. Comentó las obras protegidas, algunas definiciones clave, los detalles para la cesión de la obra en diferentes formatos y el derecho de remuneración en consideración con los ingresos resultantes referidos en la nueva ley. “Es una norma bien dirigida. No va a cubrirlo todo, pero es un paso de avance”, explicó, quien expuso la trascendencia de esa normativa en un área del derecho poco difundida en el país.

“Se presentó el libro Derecho de autor y derechos conexos, coordinado por Caridad del Carmen Valdés Díaz”.

Caridad, por su parte, presentó Derecho de autor y derechos conexos, un texto del cual es coordinadora y que integra la bibliografía básica de la carrera de Derecho. Comentó la estructura del material, en el cual participan profesores de varias universidades del país y resaltó cómo conserva su actualidad desde el punto de vista teórico, no obstante las revisiones pertinentes a tono con la regulación más reciente.

En referencia a esa disposición, la Doctora en Ciencias Jurídicas ofreció detalles sobre cómo busca un equilibrio entre las consideraciones de las obras como propiedad de los autores y de la sociedad, y destacó cómo conserva la tendencia en el orden internacional de la creación, interpretación y el derecho a decidir sobre la divulgación. Asimismo, subrayó cómo la ley recoge la gestión colectiva de los derechos de autor y de los derechos conexos y las pautas para su realización en Cuba, la ampliación de la facultad de arrepentimiento, las distinciones entre autores y artistas intérpretes y ejecutantes, y entre las facultades morales y económicas para los creadores, con sus correspondientes particularidades y el reglamento de las organizaciones de gestión colectiva de derechos sobre creaciones literarias y artísticas.

“Las ideas no están sujetas al derecho de autor; la forma de su reproducción, sí”, comentó en referencia a cómo la regulación contribuye a confinar el plagio y a incentivar la creación cultural. Entre las carencias comentó la no presencia del derecho de seguimiento y participación, el cual afecta especialmente a los artistas plásticos y su posibilidad de cobrar por las sucesivas reventas públicas de sus trabajos.

“La regulación contribuye a confinar el plagio y a incentivar la creación cultural”.

La regulación de contratos, en sus palabras, no es todo lo exhaustiva que debería ser en las actuales circunstancias, pero es un paso hacia adelante en relación con las disposiciones previas.

En cuanto al espacio digital, tanto ella como Daniel recalcaron que la autoría no se diluye en ese ámbito, e insistieron en el compromiso de los creadores, quienes muchas veces ceden su trabajo de manera inconsciente y no evalúan las repercusiones de ello en otras instancias. “Siempre hay que respetar, por lo menos, el ámbito moral del autor”, destacó Caridad como una forma de reconocer la creación y generar conciencia sobre el uso de las obras.